Certificado de antecedentes penales para la nacionalidad española
Qué certificado de antecedentes penales pide el Ministerio para la nacionalidad por residencia: el español y el del país de origen, apostilla, traducción y validez.
Cuando se solicita la nacionalidad española por residencia, el Ministerio de Justicia pide acreditar la ausencia de antecedentes penales en dos frentes: en España y en el país de origen. Son dos documentos distintos, con reglas distintas, y conviene tener claro qué se exige de cada uno antes de lanzarse a pedir papeles.
El certificado español: quién lo expide y cómo pedirlo
El certificado de antecedentes penales de España lo expide el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia. Para el expediente de nacionalidad se exige este documento y, según la práctica administrativa, debe ser reciente: menos de 90 días en el momento de presentar la solicitud. No es lo mismo que el certificado de delitos de naturaleza sexual, que es un documento aparte del mismo Registro y se solicita por separado; para la nacionalidad por residencia lo que se pide es el certificado convencional.
Las vías para obtenerlo son varias:
- Sede electrónica del Ministerio, con Cl@ve, DNIe o certificado digital. El documento llega con CSV y tiene la misma validez que el papel.
- Presencial en la Oficina Central de Atención al Ciudadano de Madrid y en las Gerencias Territoriales.
- Por correo postal, remitiendo la solicitud y la tasa.
- Desde el extranjero, a través del consulado de España o mediante un representante autorizado, opción habitual para españoles y exresidentes que ya no viven en España.
El trámite se abona con la tasa modelo 790 código 006. El importe lo fija el Ministerio y puede variar, así que el gestor le confirma el precio y el plazo en el momento del encargo. Si prefiere hacerlo usted mismo por internet, en nuestra página del trámite por internet explicamos el proceso paso a paso.
El certificado del país de origen
Aquí es donde se atasca la mayoría de los expedientes. El certificado extranjero debe llegar apostillado por la autoridad competente de ese país y, si no está en castellano, traducido por traductor jurado. Un documento sin apostilla, o con una traducción hecha a mano o sin carácter oficial, será rechazado y obligará a repetir el trámite, con la consiguiente pérdida de tiempo.
Cada país tiene su propio procedimiento para emitir este certificado, y desde España no siempre es fácil gestionarlo. Si el suyo lo emite en formato digital, compruebe que acepta la apostilla electrónica; si es en papel, tenga en cuenta el tiempo de envío internacional. Nuestra página general sobre el certificado de antecedentes penales recoge las diferencias entre documentos de España y de otros países.
Validez y apostilla: las dudas típicas
El certificado no tiene caducidad legal fija, pero los organismos que lo reciben suelen exigir que tenga menos de 90 días, y en algunos casos aceptan entre 3 y 6 meses. Para la nacionalidad por residencia, la referencia práctica es la de 90 días, así que el momento de pedirlo importa: si lo solicita demasiado pronto, puede caducar antes de que se resuelva o incluso antes de presentar el expediente.
La apostilla del certificado español solo es necesaria si el documento va a usarse fuera de España. Si el certificado es digital, la apostilla se hace de forma electrónica a través del Ministerio de Justicia. Para el expediente de nacionalidad presentado en territorio español, lo que debe estar apostillado y traducido es el documento extranjero, no el español.
Cómo podemos ayudarle
No somos un organismo público: somos una gestoría que se encarga de que los papeles lleguen bien y a tiempo. Gestionamos la solicitud del certificado español, el abono de la tasa, la apostilla, la traducción jurada del documento extranjero y el envío final, ya sea a su domicilio en España o al extranjero.
Esto resulta especialmente útil si vive fuera y no puede desplazarse a una Gerencia Territorial, o si su país de origen complica la obtención del certificado local. El gestor le confirma precio y plazo antes de empezar, y usted recibe el expediente documental listo para adjuntar a la solicitud de nacionalidad.
Si tiene dudas sobre qué documento necesita exactamente en su caso, escríbanos: revisamos su situación y le decimos qué falta antes de que el Ministerio se lo requiera.
Preguntas frecuentes
El certificado español de antecedentes penales, reciente, y el del país de origen, apostillado y traducido si no está en castellano. Ambos se presentan con el expediente de nacionalidad.
No tiene caducidad legal fija, pero en la práctica administrativa se exige que tenga menos de 90 días en el momento de presentar la solicitud de nacionalidad.
Solo si va a usarse fuera de España. Para el expediente de nacionalidad presentado en España no se apostilla, pero el certificado extranjero sí debe llegar apostillado.
Sí, a través del consulado de España o mediante un representante autorizado. También puede gestionarlo en línea con certificado digital si lo conserva.
No, es un documento distinto del mismo Registro Central y se solicita aparte. Para la nacionalidad por residencia se pide el certificado de antecedentes penales convencional.
Se abona la tasa modelo 790 código 006, cuyo importe fija el Ministerio de Justicia. El gestor le confirma el precio y el plazo exactos en el momento del encargo.
Conviene revisar si procede su cancelación antes de presentar el expediente, porque puede afectar a la tramitación. El gestor puede orientarle sobre cómo verificarlo.
Cada país tiene su propio procedimiento y no depende del Registro Central español. Le indicamos qué documento suele exigirse y cómo debe llegar apostillado y traducido.
Paso a paso
- Certificado español reciente
Expedido por el Registro Central de Penados, con menos de 90 días en el momento de presentar la nacionalidad.
- Certificado del país de origen
Apostillado por la autoridad competente de ese país y traducido por traductor jurado si no está en castellano.
- Pasaporte o documento de identidad
Copia vigente del documento con el que conste inscrito en el Registro Central.
- Comprobante de la tasa abonada
Justificante de la tasa 790 código 006 asociado a la solicitud del certificado.
Cómo funciona el proceso
- Revisión de su caso
Confirmamos qué certificados necesita para su expediente de nacionalidad y en qué estado deben estar: fechas, apostilla y traducción.
- Solicitud del certificado español
Presentamos la petición ante el Registro Central de Penados y abonamos la tasa modelo 790 código 006 en su nombre.
- Apostilla y traducción del documento extranjero
Si su certificado del país de origen no está apostillado o traducido, coordinamos la apostilla y la traducción por traductor jurado.
- Entrega del expediente documental
Recibe el certificado español con su CSV y el resto de documentos listos para adjuntar a la solicitud de nacionalidad.
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